Cómo instalar un cargador de coche eléctrico en un garaje comunitario
No necesitas permiso de la junta: basta con comunicarlo. Te explicamos qué dice la ley, los pasos, de dónde sale la luz, qué potencia elegir y las ayudas de 2026.

La respuesta corta
- Si tienes una plaza de garaje propia en el edificio, no necesitas que la junta lo apruebe: basta con comunicarlo a la comunidad antes de instalarlo.
- Tú pagas la instalación y la electricidad que consumas; la comunidad no paga nada ni puede cobrarte tu consumo de sus contadores.
- Lo más habitual es llevar una línea desde el contador de tu vivienda hasta la plaza. La instalación la hace un instalador autorizado y se legaliza con un certificado eléctrico.
Qué dice la ley
La Ley de Propiedad Horizontal (artículo 17.5) establece que instalar un punto de recarga para uso privado en el aparcamiento del edificio, cuando está en una plaza individual, solo requiere comunicación previa a la comunidad. No hace falta votación ni permiso, y el coste de la instalación y del consumo los asume quien lo instala.
Es decir, la comunidad no puede impedirlo, pero sí debe estar informada. Lo recomendable es hacerlo por escrito (email con acuse de recibo o burofax al presidente o al administrador) indicando qué se va a instalar, por dónde irá la línea y quién lo instala, y adjuntar la documentación técnica del instalador.
La parte técnica la regula la instrucción ITC-BT-52 del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, que fija cómo deben hacerse estas instalaciones y obliga a que las realice una empresa instaladora autorizada.
Paso a paso
- Visita técnica. Revisamos dónde está tu contador, la plaza, la distancia y el recorrido de la línea por el garaje, y la potencia que tienes contratada.
- Presupuesto cerrado con el cargador, la línea, las protecciones y la legalización.
- Comunicación a la comunidad. Te preparamos la información técnica para que la envíes al presidente o administrador.
- Instalación de la línea, las protecciones y el cargador en tu plaza.
- Legalización. Emitimos el certificado de la instalación eléctrica y lo registramos en Industria. Hacemos la prueba de carga contigo.
De dónde sale la electricidad
Hay tres formas habituales de alimentar el cargador:
Desde el contador de tu vivienda
Se tiende una línea desde tu contador, en la centralización del edificio, hasta tu plaza. Es la opción más común: pagas la recarga en tu factura de siempre y no das de alta un nuevo suministro.
Con un contador propio para la plaza
Se da de alta un suministro nuevo solo para el cargador. Útil si el contador de tu casa queda lejos o tu potencia no da para más, pero implica otro contrato y otra factura.
La tercera es la preinstalación colectiva: la comunidad prepara una línea común para todo el garaje y cada vecino conecta su cargador con un contador individual. Tiene sentido cuando varios vecinos quieren cargador a la vez, y en ese caso sí es un acuerdo de la comunidad.
La distancia entre el contador y la plaza es lo que más influye en el trabajo: cuanto más lejos, más cable y más canalización. Por eso te preguntamos por ella al pedir presupuesto.
Qué potencia elegir
- 3,7 kW: suficiente para la mayoría de usos diarios cargando por la noche. Apenas obliga a tocar la potencia contratada.
- 7,4 kW: carga el doble de rápido. Es la opción más habitual en viviendas con suministro monofásico, pero puede requerir subir la potencia contratada o usar un gestor de carga.
- 11 kW: necesita suministro trifásico, poco común en viviendas, y solo compensa si tu coche admite esa potencia en corriente alterna.
Un gestor dinámico de carga mide en tiempo real el consumo de tu casa y ajusta la potencia del cargador para que no salten los plomos, sin necesidad de subir tanto la potencia contratada. Y con una tarifa con horas valle, cargando de noche, el coste por kilómetro baja mucho.
Cuánto cuesta cargar y cuánto tarda
Pon los kilómetros que haces al año y el consumo de tu coche. Los valores por defecto son solo un ejemplo.
- Energía al año
- 2.833 kWh
- Coste al año
- 340 €
- Coste cada 100 km
- 2,27 €
Carga media diaria (7,8 kWh):
- Cargador de 3,7 kW
- 2 h 6 min
- Cargador de 7,4 kW
- 1 h 3 min
- Cargador de 11,0 kW
- 42 min
Estimación orientativa con un 10 % de pérdidas en la carga. 11 kW requiere suministro trifásico.
Casos especiales
- Garaje sin plazas asignadas. Si las plazas no son individuales, la regla de la «simple comunicación» no se aplica y hace falta un acuerdo de la comunidad.
- Plaza alquilada. Necesitas la autorización del propietario de la plaza, que es quien figura ante la comunidad.
- Garaje lejos del edificio o en otra finca. Puede que no sea viable llevar la línea desde tu contador y convenga un suministro propio. Lo vemos en la visita.
- Tienes placas solares en casa. En un garaje comunitario, la energía de tus placas solo llega al cargador si ambos cuelgan de tu mismo contador. Si vives en una casa con placas, cargar de día con tu propia energía sale mucho más barato.
Ayudas en 2026
- Deducción del 15 % en el IRPF por instalar un punto de recarga en un inmueble de tu propiedad, con una base máxima de 4.000 €. La instalación debe terminarse antes del 31 de diciembre de 2026 y se aplica en la declaración de la renta de ese año. Ojo: el pago debe hacerse con tarjeta, transferencia o cheque nominativo, no en efectivo.
- El Plan MOVES III terminó el 31 de diciembre de 2025 y ya no admite solicitudes. Algunas comunidades y ayuntamientos tienen ayudas o bonificaciones propias: te decimos si hay alguna en tu zona.
¿Quieres un presupuesto para tu plaza? Mira nuestro servicio de instalación de cargadores o rellena el formulario de abajo: te pediremos la distancia aproximada hasta el contador para afinarlo.
Fuentes
- Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal, artículo 17.5: BOE.
- Real Decreto 1053/2014, que aprueba la ITC-BT-52 de instalaciones para la recarga de vehículos eléctricos: BOE.
- Deducción por la instalación de infraestructuras de recarga: Agencia Tributaria.
